
Diputados de la Comisión Financiera de la Asamblea Legislativa revelaron ayer que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Historial Crediticio en los que se establecían multas para quienes infrinjan esa normativa.
“Entendemos que la CSJ tiene sentencia, habrá que revisar el contenido, lo que están planteando es un desequilibrio entre las capacidades de pago que tienen los burós de créditos, las agencias de información de datos, respecto a las multas que se les están imponiendo”, expresó el diputado del FMLN, Misael Mejía.
La Ley de Historial Crediticio, aprobada el 29 de abril de 2011, establece regulaciones para los burós que hagan mal uso del récord crediticio de las personas. Establecía multas entre los 100 y 500 salarios mínimos del sector comercio y servicios.
El presidente de la Comisión Financiera de la Asamblea, diputado Francisco Zablah, hizo alusión al comentario brindado por el diputado de ARENA, Juan Valiente, quien señaló que existe una resolución al respecto. “La Sala no lo ha enviado pero el diputado Valiente dice que las multas que están en el historial crediticio, que son artículos específicos, son demasiado altas y las ha declarado inconstitucionales. Vamos a verificar todo eso y vamos a trabajar en arreglar el problema que la Sala ha visto”, dijo.
El diputado aclaró que la ilegalidad está solo en las multas, no así en el resto del articulado.
El pasado 26 de noviembre de 2015, la Asamblea Legislativa aprobó reformas a esa normativa, en las que se establece que cada persona es propietaria de sus datos y ésta debe dar autorización para que las agencias puedan compartir esa información. También, las reformas establecieron que las personas cuyas deudas sean inferiores a la mitad de un salario mínimo no se incluyan en la información compartida por los burós.